Cuando los padres no son creyentes, carta del obispo de
Segovia, Ángel Rubio Castro
Los padres al engendrar a sus hijos contraen la obligación
de educarlos en condiciones de afrontar la vida a su debido tiempo. Son
responsables de la educación de sus hijos. La razón de la educación es asegurar
el progreso del linaje humano por medio de la transmisión de lo mejor que
tienen los padres.
El fin de la educación es hacer que los hijos puedan
desarrollar progresivamente su ser de hombres y personas. Este deber y derecho
de los padres con relación a la educación de los hijos no se basa solamente en
el hecho de que sobre ellos recae primordialmente la responsabilidad en tan
importante cuestión, sino sobre todo en la necesidad que tienen los hijos de
recibir la educación precisamente de sus padres y en que nada pueda reemplazar
esta educación.
